El 22 de junio, el presidente firmó un Proclamación la cual extiende la anterior Proclamación Presidencial 10014 y suspende la entrada de ciertos visitantes internacionales a los Estados Unidos hasta el 31 de diciembre de 2020.
Esta proclamación se aplica a los solicitantes de visado que: a) se encuentren fuera de los Estados Unidos al 24 de junio de 2020; b) no tengan un visado de no inmigrante válido al 24 de junio de 2020; y c) no tengan un documento oficial de viaje que no sea un visado (como una carta de tránsito, una hoja de embarque apropiada o un documento de libertad condicional anticipada) válido al 24 de junio de 2020 o expedido en cualquier fecha posterior que le permita viajar a los Estados Unidos y solicitar su entrada o admisión. Al igual que la anterior Proclamación Presidencial, esta Proclamación no es retroactiva, y ninguna visa válida será revocada bajo esta Proclamación.
La limitación de entrada del presidente se aplica a los solicitantes de visas H-1B, H-2B, L, y algunas visas J, incluyendo los participantes de programas de:
Viajes de trabajo en verano;
Pasantías;
Entrenamientos;
Maestros;
Consejeros para campamento; y
Au pairs.
¿Hay alguna excepción a esta Proclamación?
Médicos que solicitan visas J.
Médicos que deseen entrar en los Estados Unidos con un visado H1-B o L para prestar atención médica a personas que hayan contraído COVID-19 y estén actualmente hospitalizadas; o que participen en la realización de investigaciones médicas en instalaciones de los Estados Unidos para ayudar a los Estados Unidos a combatir el COVID-19 pueden ser considerados para una excepción de interés nacional.
Otros individuos, según lo señalado en nuestra publicación anterior: Proclamación presidencial del 22 de abril.
La Proclamación entró en efecto el 22 de junio del 2020 y expira el 31 de diciembre del 2020, a menos que sea continuada por el presidente. Sin embargo, aunque la Proclamación no se aplique a usted, el cierre de todos los servicios rutinarios de visado debido a la COVID-19 todavía se mantiene en todas las categorías de visado de rutina para inmigrantes. Debido a la naturaleza de la pandemia, no está claro cuándo se reanudarán los servicios rutinarios. Para el documento completo de la Proclamación Presidencial, por favor visite: www.whitehouse.gov.
Esta proclamación se aplica a los solicitantes de visado que: a) se encuentren fuera de los Estados Unidos al 24 de junio de 2020; b) no tengan un visado de no inmigrante válido al 24 de junio de 2020; y c) no tengan un documento oficial de viaje que no sea un visado (como una carta de tránsito, una hoja de embarque apropiada o un documento de libertad condicional anticipada) válido al 24 de junio de 2020 o expedido en cualquier fecha posterior que le permita viajar a los Estados Unidos y solicitar su entrada o admisión. Al igual que la anterior Proclamación Presidencial, esta Proclamación no es retroactiva, y ninguna visa válida será revocada bajo esta Proclamación.
La limitación de entrada del presidente se aplica a los solicitantes de visas H-1B, H-2B, L, y algunas visas J, incluyendo los participantes de programas de:
Viajes de trabajo en verano;
Pasantías;
Entrenamientos;
Maestros;
Consejeros para campamento; y
Au pairs.
¿Hay alguna excepción a esta Proclamación?
Médicos que solicitan visas J.
Médicos que deseen entrar en los Estados Unidos con un visado H1-B o L para prestar atención médica a personas que hayan contraído COVID-19 y estén actualmente hospitalizadas; o que participen en la realización de investigaciones médicas en instalaciones de los Estados Unidos para ayudar a los Estados Unidos a combatir el COVID-19 pueden ser considerados para una excepción de interés nacional.
Otros individuos, según lo señalado en nuestra publicación anterior: Proclamación presidencial del 22 de abril.
La Proclamación entró en efecto el 22 de junio del 2020 y expira el 31 de diciembre del 2020, a menos que sea continuada por el presidente. Sin embargo, aunque la Proclamación no se aplique a usted, el cierre de todos los servicios rutinarios de visado debido a la COVID-19 todavía se mantiene en todas las categorías de visado de rutina para inmigrantes. Debido a la naturaleza de la pandemia, no está claro cuándo se reanudarán los servicios rutinarios. Para el documento completo de la Proclamación Presidencial, por favor visite: www.whitehouse.gov.
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