Diferentes profesionales pueden obtener una visa para trabajar en Estados Unidos.Estados Unidos permite cada año que miles de extranjeros ingresen al país para trabajar legalmente en una amplísima variedad de profesiones y ocupaciones.

Este derecho se concede por medio de más de una veintena de diferentes visas de trabajo, que pueden ser permanentes o temporales. En este último caso, el titular debe renovarla, cambiar su situación migratoria o salir del país una vez que su visa expire.




VISAS PERMANENTES (TARJETA DE RESIDENCIA, TAMBIÉN CONOCIDA COMO GREEN CARD)
Las personas con habilidades extraordinarias puedan solicitar una visa EB-1. Aplica a deportistas, científicos, educadores, empresarios y artistas de reconocido prestigio como, por ejemplo, los ganadores de un premio Nobel o de una medalla olímpica. Estas personas pueden solicitar la visa por sí mismas rellenando el formulario I-140 del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés).

Profesores universitarios, investigadores, ejecutivos de multinacionales, personas con estudios de doctorado finalizados o licenciados con al menos cinco años de experiencia laboral, deportistas, artistas, científicos o empresarios con habilidades excepcionales pueden conseguir una visa de trabajo permanente EB-2.

A diferencia de las EB-1, las visas EB-2 exigen que la petición sea realizada por un empleador de Estados Unidos.

Es decir, requiere la existencia previa de una oferta de trabajo concreta. Además, es necesario obtener una certificación laboral individual del Departamento de Trabajo de Estados Unidos.

La única excepción a esta certificación es poder demostrar ante el USCIS que se tiene capacidad especial que puede favorecer los intereses nacionales de Estados Unidos.


Asimismo, también pueden obtener una visa permanente de trabajo, en este caso una EB-3, los profesionales con estudios universitarios, los trabajadores con conocimientos especiales con al menos dos años de experiencia o entrenamiento o, incluso, trabajadores sin habilidades especiales. En estos casos es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

que un empresario en Estados Unidos realice una oferta de trabajo permanente y a tiempo completo.
que el empleador no encuentre en ese momento a una persona estadounidense o residente permanente que pueda cubrir el puesto de trabajo vacante.
que el Departamento de Trabajo certifique la capacidad laboral de la persona extrajera.
que el empleador presente ante el USCIS el formulario I-140 y demuestre la capacidad para pagar el salario que ofrece por el trabajo.
Además, situaciones muy diferentes como ser médico, haber trabajador en la Zona del Canal de Panamá, ser monja o cura, trabajar para una organización internacional, como la ONU o la OEA, o haber trabajador para la OTAN puede dar derecho a ser beneficiario de una visa de trabajo permanente EB-4.

El formulario a rellenar es el I-360 y el cónyuge e hijos solteros menores de 21 años de las personas que obtengan un visado EB-4 pueden residir legalmente en Estados Unidos.


Por último, la persona extranjera que invierta un millón de dólares -o medio millón si la inversión se hace en una determinada zona que el gobierno favorece con el objetivo de crear empleo- y genere un mínimo de 10 puestos de trabajo tiene derecho a obtener la visa permanente EB-5.

VISAS DE TRABAJO TEMPORALES (TEMPORERAS)
Existen una veintena de visas temporales para trabajar en Estados Unidos y que solicitan profesionales tan distintos como modelos, ingenieros, enfermeras, trabajadores temporales del campo o personas con habilidades artísticas o científicas especiales.

Una de las visas más populares es la H-1B. Salvo en el caso de los modelos, las personas titulares de esta visa deben poseer un título universitario y deben trabajar en un campo considerado por las autoridades estadounidenses como una “ocupación especial”.

Entre los profesionales que pueden beneficiarse de esta visa se encuentran, entre otros, maestros, ingenieros, arquitectos, abogados y matemáticos.

Cada año se fija por ley el número de visas H-1B que pueden concederse, siendo en la actualidad 65,000. Pero existen un cupo de 20,000 para las personas que hayan obtenido sus maestrías o doctorados en universidades estadounidenses. Cuando el número de solicitantes excede al cupo de visas disponible se realiza una lotería de visas.

Asimismo, existen cupos especiales para los nacionales de ciertos países como Chile, para quien se reserva un cupo de 1,400 visas. Y no están sujetas a cupo las visas otorgadas a trabajadores de centros de investigación.

Una buena alternativa para la visa H-1 son las TN para profesionales, pero sólo pueden sacarla canadienses y mexicanos. Estas son las 60 profesiones que permiten aplicar por estas visas.

Otras visas temporales populares son la O-1, para personas con habilidades extraordinarias en las ciencias, las artes, el deporte o el mundo de los negocios. La P-1A para deportistas reconocidos (incluidos jugadores profesionales de videojuegos, a quien Inmigración equipara a deportistas de élite).

Otras visas son la P-1B, P-2 y P-3 para los artistas de prestigio y la H-2A para trabajadores agrícolas y las H-2B para temporeros en actividades que no están relacionadas con la agricultura o las C1/D para trabajar en cruceros.

Otra visa con particularidades propias en la B-1 para empleados domésticos.

Por último, destacan las de la familia J-1 (visas de intercambio). Con ellas se puede trabajar temporalmente en EEUU en capacidades muy distintas, como por ejemplo:

au pair (niñera)
maestro (docente)
prácticas profesionales
médicos que realizan la residencia en Estados Unidos para especializarse
trabajo en ONGs de Estados Unidos por programa J-1.
Visa para universitarios extranjeros para trabajar en USA durante el verano
Visa para monitores de campamento en USA
FAMILIARES: CÓNYUGE E HIJOS
Salvo excepciones, como en el caso de las visas L-1A y L-1B concedidas a ejecutivos y gerentes enviados por sus empresas a trabajar a sus oficinas en Estados Unidos.

Otro caso es el de los supuestos de las visas tipo E otorgadas a cierto tipo de comerciantes e inversionistas, los cónyuges de las personas beneficiadas por una visa de trabajo temporal podrán vivir legalmente en Estados Unidos, pero no podrán dispondrán de permiso de trabajo.

Recientemente se cambió esta regla pero sólo para casos muy excepcionales de personas que tengan una H-4

En muchos casos se puede, además, obtener una visa derivada para los hijos solteros menores de 21 años. Si están estudiando la primaria o la secundaria es muy importante familiarizarse cuanto antes con las particularidades y opciones que brinda el sistema educativo de los Estados Unidos.

TRAMITACIÓN
Por último, destacar que varias visas de trabajo (pero no todas) permiten su tramitación por vía rápida, rellenando el formulario I-907 y pagando $1,225 a mayores.

Así pues, la inmigración para trabajar en Estados Unidos está abierta. En algunos casos la misma persona puede optar por más de un tipo de visa. Antes de elegir deberá examinar con cuidado los requisitos de cada una, el número de visas que se conceden anualmente en cada categoría y los meses e incluso años de espera que existen en algunas de ellas.

TIEMPOS DE DEMORA
Verifica las semanas o meses (o años) que hay que esperar para diversos trámites migratorios: Corte, visas, residencia, PERM para obtener autorización del Departamento de Trabajo o solicitudes al USCIS.

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Este artículo es informativo. No es asesoría legal